Lina Prieto Abogados ABOGADOS EXPERTOS EN EXTRANJERÍA Y DERECHO INTERNACIONAL
Además de cumplir un conjunto de requisitos, las personas extranjeras que residen en España y quieren obtener la Nacionalidad Española o una Autorización de Residencia, ya sea Permanente o Temporal, deben entregar un conjunto de documentos que varían en función de las condiciones personales y las diferentes gestiones de Extranjería que los solicitantes quieren ejecutar. En CGP, despacho de abogados expertos en inmigración, os enumeramos y explicamos los documentos más habituales en este tipo de trámites:
El concepto de Expediente de Extranjería lo señala como aquel conjunto de documentos y procesos que permite a cualquier extranjero, comunitario o extracomunitario proceder a la solicitud de la autorización, modificación o ampliación de su Permiso de Residencia, ya sea Permanente o Temporal en España. Dentro del expediente caben diferentes tipos, en función de las circunstancias que sustentan el expediente. Estas razones deben estar relacionadas con fines académicos o formativos, laborales, etc. Además el Expediente de Extranjería contiene los datos personales del solicitante, en su caso, que serán completados con el comportamiento y la integración en la sociedad española que el propio extranjero vaya manteniendo y ampliando con el paso del tiempo.
Nuestros abogados expertos en inmigración destacan que generalmente la resolución de las peticiones y trámites se demora una media de 3 meses aproximadamente, empezando a contar desde el día que se realiza la solicitud. Si bien esta estimación se ve modificada por el volumen de trabajo y las circunstancias, sirva como ejemplo.
Hay un total de tres formas diferentes para que cualquier extranjero sepa el número de su Expediente de Extranjería:
Esta última opción sólo permite conocer el estado del expediente, si tienes el número de expediente o directamente conoces tu NIE.
Tal y como en Lina Prieto Abogados, los abogados de extranjería más cerca de ti, cualquier número expediente extranjería está compuesto por un total de 15 dígitos los cuales no pueden ser ni más ni menos, porque si no daría error en cualquier gestión.
La Solicitud de Autorización de Regreso se produce cuando el Departamento de Extranjería de España le concede a un extranjero un permiso para salir del país y volver a entrar posteriormente, estando en proceso de renovación o prórroga de su Permiso de Residencia.
El extranjero que se ha marchado fuera de España estando su autorización o permiso en proceso de renovación o prórroga de la Residencia, tiene un máximo de 90 días para el regreso. En caso de que no retorne, la Autorización caducará y el afectado perderá el derecho a su renovación de Residencia.
Los documentos específicos que se exige a una persona que quiere Obtener la Autorización de Regreso son los siguientes:
El proceso de entrega tarda unos 10 días aproximadamente, que es cuando el solicitante podrá recogerlo, a excepción que se trate de un menor de edad o una persona con incapacidad. En este último caso, será el padre, madre o el respectivo tutor el que recoja la Autorización en su nombre.
El NIE es el Número de Identidad de Extranjero. Este número y sus dígitos sirven para identificar a los extranjeros que residen en España. El NIE es básico para cualquier extranjero, con él puede llevar a cabo trámites legales, como por ejemplo tener una cuenta bancaria o firmar un contrato en territorio español. Todos los ciudadanos, españoles o extranjeros, tienen un número que le identifican, un número que nunca cambia y siempre le acompaña. Para hacer fácil su comprensión, el NIE sería como el NIF en el DNI español. Cuando se otorga un permiso de residencia, se otorga un NIE al solicitante.
Para sacar un NIE hay que realizar una serie de acciones que en Lina Prieto Abogados, asesoría de extranjería, te resume a continuación:
En España hay que entregar una serie de documentación para que cualquier extranjero obtenga su NIE. Sería la siguiente:
Esta solicitud se puede realizar en la Dirección General de la Policía de tu zona o bien yendo directamente a las Oficinas de Extranjería más cercana a la localidad de donde se está empadronando.
El TIE es la Tarjeta de Identificación de Extranjeros. Sería el documento que contiene el NIE. Sirve para dotar a los extranjeros de una documentación, igual que ocurre con el DNI con los españoles. Resulta obligatorio solicitarla para todas aquellas estancias de más de 3 meses en España.
Es el mismo proceso que el NIE. Debes pedir cita y acercarte a la oficina de Extranjería o Dirección General de la Policía más cercana a tu localidad y entregar la solicitud EX-15 rellenada y firmada, el recibo de la tasa, el pasaporte y un texto con las causas de la solicitud.
Ocurre igual que la pregunta anterior. Es la misma documentación que el NIE.
¿Dónde se presenta la solicitud de TIE?
Como hemos comentado antes, este trámite se solicita en la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia donde se haya obtenido el permiso para residir o bien en la Dirección General de la Policía, con cita previa.
En Lina Prieto Abogados, abogados especialistas en extranjería, os subrayamos que el certificado de residencia legal es el documento que prueba si un extranjero se encuentra como residente o no residente en España. Este Certificado tiene una validez máxima total de tres meses.
Como ocurre con otros trámites, por ejemplo el caso del NIE, el Certificado de residencia Legal también se debe solicitar en persona tanto en la Dirección General de Policía como también se puede optar por asistir a pedirlo en una sede de las Oficinas de Extranjería.
Es la petición que un extranjero extracomunitario hace con la finalidad de solicitar autorización para su traslado a otro país, en este caso España, motivado por su condición de refugiado por motivos bélicos, violencia o similares en su país de origen, de modo que se ve impedido para retornar por su propia seguridad o la de su familia, siempre que los actos contra su seguridad sean lo suficientemente graves. Este documento garantiza amparo, asistencia y protección en caso necesario, concediendo la condición de refugiado.
No todo el mundo puede pedir asilo en España. Solo se aceptarán aquellas demandas de extranjeros que sufran en sus países de origen persecución por causas bélicas, religiosas, de raza, de género, políticas, etnia social u orientación sexual y que se vean impedidos para retornar a su país de nacionalidad por temor a la persecución. También cabe esta posibilidad en el caso de los apátridas.
No hay una única vía para obtener esta solicitud. Existen varios lugares donde los refugiados pueden llevar a cabo la Solicitud de Asilo. Son las siguientes:
Es el documento que permite que los ciudadanos pertenecientes a un país de la UE o del Espacio Económico Europeo residan legalmente en España durante periodos de tiempo superiores a 3 meses. Su validez tiene una duración de 5 años.
Solo pueden obtener este Certificado aquellas personas que hayan nacido o tengan la nacionalidad de países de la UE o del Espacio Económico Europeo. Por lo tanto, esta vía no es viable para aquellos extranjeros extracomunitarios.
Los documentos necesarios para que un ciudadano de un país de la UE o del Espacio Económico Europeo reciba el Certificado de Ciudadano de la UE por un periodo superior a 3 meses son los siguientes:
La Oficina de Extranjería es el lugar donde se tiene que gestionar este trámite o la Comisaría de Policía correspondiente. Además, como nuestros abogados asesores de extranjería explican a los clientes, se pide durante los primeros 90 días desde la entrada del extranjero a España.
Por un lado, está el certificado de residente que es el documento que acredita la condición de residente de un extranjero en España legalmente. Lina Prieto Abogados, tus asesores de extranjería, subrayamos que esto NO ACREDITA la residencia Efectiva en España.
Por otro lado, está el Certificado de No residente, que certifica y acredita que una persona extranjera no es residente en España.
En este caso solo hay que presentar tres documentos de los cuales algunos ya hemos anteriormente:
Tal y como nuestros abogados expertos en inmigración han explicado con otros trámites, ambos certificados desde España se piden en la Dirección General de Policía y de la Guardia Civil directamente, o a través de la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde tenga fijado su domicilio. En cualquiera de los sitios se tendrá que pedir cita previa.
También cabe la posibilidad de pedirse desde fuera de España, hay que dirigirse a la misión diplomática u oficina consular española correspondiente a su demarcación de residencia y también acercarse a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.